Era empleado desde 1988

El Ejecutivo municipal dispuso la cesantía del exintendente Daniel Salibi, quien integraba la planta permanente de la Municipalidad de Mendiolaza y era empleado municipal desde antes de asumir por primera vez como jefe comunal. La medida fue adoptada mediante el Decreto 0140/2026, firmado el 25 de agosto por la intendenta Adela Arning.
La decisión se tomó luego de un sumario administrativo iniciado por la Municipalidad a raíz de la ausencia de Salibi de su puesto de trabajo desde el 27 de febrero de 2026. El decreto sostiene que esa inasistencia se extendió durante más de 120 días hábiles y encuadra la conducta como “abandono de servicio sin causa justificada”.
Salibi era empleado municipal antes de ser intendente
Daniel Salibi tenía categoría 24 del Escalafón Municipal y formaba parte de la planta permanente de la Municipalidad de Mendiolaza. Su vínculo laboral con el municipio es anterior a su llegada a la Intendencia, cargo que ejerció durante seis períodos consecutivos.
Había ingresado en 1988 para trabajar en el área contable. Tras terminar su último mandato y hacer uso de sus vacaciones, solicitó licencia sin goce de haberes desde febrero de 2024.
El decreto señala que, en su condición de agente municipal, contaba con la estabilidad correspondiente al personal permanente, de acuerdo con el artículo 22 del Estatuto del Personal Municipal, establecido por la Ordenanza 603/2013.
La situación que derivó en su cesantía comenzó luego del vencimiento de una licencia que tenía otorgada. Según consta en el decreto, esa licencia finalizó el 26 de febrero y Salibi debía reincorporarse a sus tareas el día siguiente.
Sin embargo, el 27 de febrero presentó una solicitud de licencia sin goce de haberes por capacitación. La Asesoría Letrada Municipal consideró que la presentación había sido realizada fuera de término y que no contaba con fundamentos suficientes.
El municipio inició un sumario por las inasistencias
A partir de esa situación, el Ejecutivo intimó a Salibi a presentar la documentación necesaria para evaluar la licencia solicitada. Según el decreto, el agente no cumplió con ese requerimiento ni realizó una presentación posterior.
Posteriormente, mediante el Decreto 0112/2026, la Municipalidad dejó sin efecto la solicitud de licencia y volvió a intimarlo para que se reincorporara a sus tareas en un plazo de 48 horas.
La intimación fue notificada el 3 de julio. De acuerdo con el acto administrativo, Salibi tomó conocimiento personal de la medida.
Ante la falta de reincorporación, se abrió un sumario administrativo y se designó como instructor al asesor letrado municipal César E. Tillard.
El sumario concluyó que hubo abandono de servicio
El instructor sumarial dio a Salibi un plazo de ocho días hábiles para ejercer su derecho de defensa. El decreto sostiene que no presentó descargo ni ofreció pruebas dentro del plazo, que venció el 22 de julio.
El 23 de julio se formularon las conclusiones de la instrucción. Allí se consideró acreditada “la ausencia ininterrumpida e injustificada del agente desde el 27 de febrero de 2026” y se recomendó aplicar la sanción de cesantía.
Salibi tampoco presentó alegato dentro del plazo posterior de cinco días hábiles previsto por el Estatuto.
La resolución municipal destaca que tuvo distintas oportunidades para intervenir durante el procedimiento y que, pese a las notificaciones, no efectuó presentaciones. En ese sentido, sostiene que el silencio del agente “no importa déficit alguno del procedimiento ni merma en la garantía de defensa”.
Qué resolvió la Municipalidad de Mendiolaza
El Decreto 0140/2026 dispone formalmente la cesantía de Daniel Salibi “por haber incurrido en la causal de abandono de servicio sin causa justificada”.
El texto también señala que la conducta configuró, de manera autónoma, una situación de faltas injustificadas reiteradas durante más de 120 días hábiles administrativos.
Como consecuencia de la cesantía, la Municipalidad dispuso su baja de la planta permanente y ordenó a la Dirección de Recursos Humanos realizar la desvinculación registral y previsional.
El decreto, publicado hoy en boletín oficial, establece además que no correspondía el pago de haberes desde el 27 de febrero, debido a que no se había producido una prestación efectiva de servicios ni existía una licencia autorizada.
La medida fue comunicada a los gremios

Durante el procedimiento intervino la Comisión de Relaciones Laborales y tomaron conocimiento las entidades gremiales SETMM y ATE. El decreto señala que ambas organizaciones tuvieron acceso a las actuaciones y no formularon objeciones.
La resolución también dispone que Salibi sea notificado formalmente y que se le informe sobre los recursos de reconsideración y apelación previstos por el Estatuto del Personal Municipal.
La cesantía quedó establecida a partir del 25 de agosto de 2026, fecha en la que la intendenta Adela Arning firmó el decreto junto con el secretario de Gobierno, Javier Masuero.

Increíble. La casta en su máxima expresión. Además cobra como asesor (ñoqui) de la legislatura