Rechazan servicios esenciales en Mendiolaza

Los gremios adelantaron su oposición al proyecto

ATE Córdoba y el Sindicato de Empleados y Trabajadores Municipales de Mendiolaza cuestionaron la iniciativa enviada por el Ejecutivo local. Ambos gremios sostienen que la ordenanza es inconstitucional y que limita el derecho a huelga.

El proyecto de ordenanza impulsado por el Ejecutivo

El 6 de agosto ingresó al Concejo Deliberante de Mendiolaza un proyecto enviado por la intendenta Adela Arning. La iniciativa propone declarar como servicios esenciales tres actividades municipales:

  • La recolección de residuos sólidos urbanos.
  • La atención primaria de salud en los centros de salud municipales.
  • La reparación, mantenimiento y adecuación de arterias que se tornan intransitables por causas climáticas o por la ejecución de obras públicas.

Según la fundamentación del Ejecutivo, estas tareas resultan indispensables para garantizar condiciones mínimas de salubridad y seguridad en la ciudad, lo que justificaría su inclusión dentro de la categoría de servicios esenciales.

El rechazo de ATE Córdoba

El 20 de agosto, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), a través de su Consejo Directivo Provincial, presentó una nota formal ante el Concejo. En ella señaló que el proyecto es “inconstitucional, contrario a la normativa vigente que regula derechos humanos fundamentales”.

ATE recordó que el derecho a huelga está protegido en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y que ni el Poder Ejecutivo Nacional ni los municipios tienen atribuciones para regularlo o limitarlo. En este sentido, remarcaron que la normativa vigente —la Ley 25.877, artículo 24, y su decreto reglamentario 272/2006— ya define qué actividades pueden considerarse servicios esenciales, y que las incluidas por el proyecto municipal no figuran en esa enumeración.

El gremio también señaló que la reforma introducida por el Decreto 340/2025 del Poder Ejecutivo Nacional, que pretendía ampliar esa lista, se encuentra suspendida por una sentencia firme de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Finalmente, ATE advirtió que, si el Concejo avanza con la ordenanza, hará reserva de acciones judiciales para garantizar los derechos fundamentales de los trabajadores.

La postura del Sindicato de Municipales de Mendiolaza

Una semana más tarde, el 27 de agosto, el Sindicato de Empleados y Trabajadores Municipales de Mendiolaza (Setmm) presentó su propia nota en rechazo al proyecto. La organización, encabezada por Etel Postay y Paula Esteban, consideró que la propuesta del Ejecutivo causa “sorpresa” y la calificó de “inverosímil”, ya que el municipio pretende atribuirse competencias que no le corresponden.

En su presentación, el Setmm argumentó que la facultad de calificar servicios como esenciales corresponde al Congreso de la Nación, en virtud del artículo 75 inciso 12 de la Constitución Nacional. También recordaron que la Ley 25.877 y los convenios de la OIT definen como esenciales únicamente los servicios sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable, la energía eléctrica, el gas y el control de tráfico aéreo.

El gremio enfatizó que la OIT ha sostenido de manera explícita que la recolección de residuos no es un servicio esencial, aunque reconocieron que sí constituye una tarea riesgosa y penosa para quienes la realizan.

Además, recordaron que los intentos recientes de ampliar el listado de servicios esenciales mediante los decretos 70/2023 y 340/2025 fueron declarados inconstitucionales.

Finalmente, remarcaron que el sindicato apuesta siempre al diálogo en la negociación colectiva y adelantaron que “no acompañará ninguna normativa que intente limitar el derecho de huelga de los trabajadores”.

Un debate antes del debate

Si bien el Concejo Deliberante de Mendiolaza dio ingreso formal al proyecto enviado por el Ejecutivo, hasta el momento no se ha tratado en comisión ni existe una fecha prevista para su debate.

Las presentaciones de ATE y del Sindicato de Municipales colocaron a la iniciativa en el centro de la polémica, al advertir que la ordenanza podría vulnerar el derecho constitucional a huelga y exceder las competencias del municipio.

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