Lo que se sabe y lo que no

El 31 de agosto venció el plazo de vigencia de la emergencia económica, financiera y administrativa que regía en la Municipalidad de Mendiolaza. El Ejecutivo no presentó pedido de renovación, por lo que desde hace un mes todo lo dispuesto en esa norma perdió vigencia. Los informes sobre lo actuado, que el Ejecutivo había comprometido enviar al Concejo, nunca se conocieron.
Hasta hoy no es posible, por ejemplo, saber si se enajenaron bienes municipales, cómo evolucionó el ahorro de gastos y el aumento de la recaudación, ni cuántos funcionarios están actualmente en funciones.
Qué disponía la norma
Eje económico y financiero
La declaración de emergencia permitió al Departamento Ejecutivo reordenar las finanzas municipales y renegociar deudas. Entre las medidas más relevantes figuraban:
- Reestructuración de obligaciones: se dispuso la revisión de todas las deudas contraídas por la Municipalidad hasta el 1 de agosto de 2024, tanto con personas físicas como jurídicas.
- Verificación de créditos anteriores al 10 de diciembre de 2023: se estableció un procedimiento obligatorio para validar los pasivos con acreedores previos a esa fecha.
- Pago de sentencias judiciales: las condenas se abonarían con los fondos previstos en el presupuesto anual o se incluirían en el ejercicio siguiente si no hubiera crédito suficiente.
- Prohibición de embargos: la ordenanza adhirió a las leyes nacionales 24.624 y 11.672, que impiden medidas cautelares o embargos sobre bienes y recursos municipales.
- Gestión y compensación de deuda: la autoridad de aplicación podía administrar, compensar o cancelar obligaciones mediante distintos mecanismos, incluso mediante prestación de servicios.
- Convenios de pago: se autorizó la celebración de acuerdos con organismos públicos, privados y organizaciones no gubernamentales para cancelar obligaciones pendientes.
Gestión administrativa y de recursos
En el plano administrativo, el Ejecutivo quedó facultado para adoptar medidas de racionalización del gasto y optimización de recursos, priorizando las áreas consideradas esenciales.
También se habilitó:
- La desafectación y venta de bienes muebles o inmuebles no esenciales.
- La modernización de los sistemas de compras, contrataciones y recaudación.
- La reorganización de servicios municipales.
- La reestructuración de personal, mediante:
- planes de retiro voluntario para empleados próximos a jubilarse (menos de diez años);
- pagos no remunerativos transitorios;
- y reestructuración de la planta de gabinete, con posibilidad de suprimir o congelar cargos.
Emergencia social
La ordenanza también incorporó un componente social. Se autorizó la creación o prórroga de planes de regularización fiscal y la implementación de programas sociales y laborales para paliar situaciones de vulnerabilidad.
Estos podían incluir pasantías, becas, capacitaciones y trabajos comunitarios, con duración máxima de 90 días y hasta un 15% del gasto en personal del ejercicio anterior.
Un mes después del fin de la emergencia
A un mes de finalizado el régimen de emergencia, no se conocen públicamente los informes trimestrales que el Ejecutivo debía presentar al Concejo Deliberante.
El artículo 24 de la ordenanza establecía la obligación de remitir cada tres meses un informe detallado sobre las medidas implementadas, incluyendo: una descripción de las políticas y acciones llevadas a cabo, y una evaluación de los resultados, con datos cuantitativos y cualitativos sobre su impacto en la situación económica, financiera y administrativa del municipio.
Esos informes nunca llegaron, o al menos nunca fueron leídos públicamente en el Concejo Deliberante.
La única información disponible sobre la evolución financiera de la Municipalidad son los balances mensuales y el Balance Consolidado 2024 publicados en la web oficial.
Del año 2025 sólo figura publicado el balance correspondiente a enero.
Evolución de la coparticipación
En materia de ingresos, este año Mendiolaza incrementó su índice de coparticipación provincial del 0,333064 al 0,386319. El cambio significó el reconocimiento del aumento de la población de Mendiolaza que pasó de 7.505 habitantes a 14.718
Los nuevos índices fueron ratificados en enero, conforme a lo dispuesto por la Ley 8.663, tras la publicación de los resultados definitivos del Censo Nacional 2022. Según la normativa, los coeficientes de distribución deben modificarse a partir del 1 de enero del año posterior a la difusión de los datos censales.
El esquema de reparto provincial distribuye el 21% del monto total en partes iguales entre los municipios, y el 79% restante en proporción directa al número de habitantes.
Para Mendiolaza, los censos previos arrojaban diferencias significativas
Censo Provincial 2008: 8.126 habitantes. Por un decreto (el 251/11), se estableció que los índices definitivos de reparto entre municipios se hicieron a partir del Censo provincial de 2008. Recién en 2016 se dispuso la actualización del reparto utilizando el Censo de 2010.
Censo Nacional 2010 (INDEC): 7.505 habitantes. Sobre esa población se calculó la coparticipación entre 2016 y 2025
Censo Nacional 2022 (INDEC): 14.718 habitantes. Desde este año la Municipalidad recibe coparticipación basada en el último censo.
Cambios en el organigrama municipal
Durante la emergencia, la Municipalidad dispuso una reorganización del esquema de direcciones, con el objetivo de reducir cargos directivos y concentrar funciones.
La medida —enmarcada en la Ordenanza N° 1072— fusionó y redistribuyó distintas áreas:
Se unificaron la Dirección de Obras Públicas y la Dirección de Obras Privadas y Catastro en una única dependencia.
La Secretaría de Desarrollo Humano asumió las funciones de las Direcciones de Cultura y Turismo y de Deportes y Recreación.
Los cargos correspondientes a las direcciones eliminadas o absorbidas quedaron vacantes hasta el final de la emergencia.
Tras el vencimiento del régimen, no se difundió información oficial sobre una posible nueva estructura o sobre la cantidad actual de funcionarios en ejercicio.
Algunos ejemplos ilustran la falta de publicaciones en el Boletín Oficial Municipal: la designación de Javier Masuero al frente de la Secretaría de Coordinación no fue publicada, ni tampoco la reincorporación de María Victoria González, tras su renuncia.
Retribuciones de la planta política
La ordenanza también introdujo modificaciones en los coeficientes salariales que determinan las retribuciones del intendente, secretarios y directores.
Durante la gestión anterior, los valores eran de 4,76 para el Intendente, 3,33 para Secretarios y 1,85 para Directores, calculados sobre el salario básico de la categoría 24.
Entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre de 2024, el Ejecutivo dispuso una reducción transitoria de esos coeficientes en un 30%, 20% y 15%, respectivamente.
A partir del 1 de enero de 2025, y ya sin la vigencia de la emergencia, se fijó por decreto una nueva escala: 3,7 para Intendente, 3 para Secretarios, 1,85 para Directores.
Esa fue la escala incorporada al Presupuesto 2025, con una única modificación: el coeficiente del Intendente se ajustó finalmente a 3,6.
Preguntas pendientes
Aunque la emergencia fue derogada hace más de un mes, persisten algunos interrogantes sobre su aplicación y resultados:
¿Qué medidas concretas se tomaron para reducir costos y aumentar ingresos?
¿Cómo varió la planta de trabajadores y la cantidad de funcionarios durante el período?
¿Se enajenaron bienes municipales en el marco de la ordenanza?
¿Cuál fue la evolución de la recaudación local?
Por ahora, esas respuestas no fueron publicadas oficialmente.

No extraña esta manera de ocultar información pública y sensible, lo mismo sucedía con Salibi hasta que desde mi cargo como tribuna de cuentas pudimos acceder a ciertos datos y conocer el panorama económico y financiero del municipio. Por otro lado los secretarios y directoras tampoco responden pedidos de audiencia. Ni hablar del rol del Tribunal de Cuentas que a esta altura creo que nunca entendieron cual es su función púbica y mucho más grave aún si la oposición es mayoría en ese estamento.