Revocatoria en Mendiolaza faltaron 86 firmas

Otros 15 días hábiles para firmar la revocatoria

Para iniciar el proceso directo de revocatoria en Mendiolaza faltaron 86 firmas.  La Junta Electoral que invalidó 163 de las 1535 que acompañaron el pedido lo que no alcanza al 10% del padrón que exige la ley para el proceso directo, por lo que se dispuso habilitar durante 15 días hábiles la posibilidad para quienes quieran suscribir la iniciativa. Podrán firmar durante ese período quienes hayan sido impugnados por razones formales y cualquier ciudadano que no lo haya hecho anteriormente. Unas 35 personas firmaron en los dos primeros días a favor de la revocatoria de la Intendenta.

Las firmas impugnadas

Los defectos de forma fueron el motivo más frecuente de la impugnación de las firmas.

  • 109 firmas presentan irregularidades relacionadas a la falta de colocación en la certificación del nombre de PILA, tal como lo establece el artículo 63 del Código Civil y Comercial de la Nación
  • 12 firmas presentan irregularidades relativas a la falta de colocación del apellido del firmante en la certificación de firmas.
  • 24 firmas presentan irregularidades relacionadas a tachaduras, enmiendas, interlineados que no se encuentran debidamente salvados conforme lo establece el artículo 294 del Código Civil y Comercial de la Nación.
  • 12 firmas presentan irregularidades en relación a la correcta consignación del DNI en la certificación de firmas
  • 1 firma no contiene en la respectiva certificación el sello policial.
  • 2 firmas no cuentan con la certificación solicitada.
  • 3 firmas se presentan ilegibles alguno de los números del DNI.
  • 1 firma se presenta ilegible al apellido en la certificación correspondiente.
  • 1 firma no condice la certificación con el nombre consignado en el padrón electoral.

Otros casos obedecieron a:

  • 3 firmas se observaron por haber suscrito a los electores el pedido de revocatoria dos veces.
  • 63 firmas no corresponden a electores de la ciudad de Mendiolaza conforme a los padrones electorales.

La Junta Electoral Municipal de Mendiolasa resuelve

1) No hacer lugar al pedido de revocatoria de la señora Adela Mercedes Arning en su carácter de intendente de la Municipalidad de Mendiolaza, formulado por el señor Alberto Desiderio Dalmazzo, conforme lo establecido por el artículo 157 de la ley 8102, por no haberse cumplimentado los requisitos allí establecidos y haber alcanzado el 10% de las firmas correspondientes electores de la ciudad de Mendiolaza, conforme padrón del año 2023.

2) Disponer que sea sometido a la firma del electorado de la ciudad de Mendiolaza el pedido de revocatoria de la señora Adela Arning en su carácter de intendente municipal de Mendiolaza, conforme lo establecido en el artículo 162 de la ley 8102, por haberse cumplimentado los requisitos establecidos en dicho cuerpo normativo, habiendo superado el 3% de firmas de electores correspondientes a la ciudad de Mendiolaza, conforme padrón del año 2023 requerido en el artículo referido.

3) Conceder el término de 15 días hábiles a los fines de completar el porcentaje que establece el artículo 162 de la ley 8102, fijando esta Junta como sede de recepción de las mismas, la sede de la Junta Electoral Municipal ubicada en camino a las Mercedes 6, sede del Juzgado de Paz, los días en el horario de lunes a viernes a contar desde el día 3 de junio en los siguientes horarios, lunes 16:00 a 17:00, martes de 10:00 a 20:00, miércoles 16:00 a 17:00, jueves de 10:00 a 12:00, viernes de 16:00 a 17:00

Dalmazzo pide que se amplíe el horario

En los dos primeros días unas 35 personas concurrieron a ratificar sus firmas ante el Juzgado de Paz, en el acotado horario dispuesto para el trámite. Como se recordará, para el primer tramo de recolección de firmas la Junta había dispuesto que se realizase también en sede policial, durante las 24 horas.

Alberto Dalmazzo, impulsor del pedido de revocatoria, explicó la decisión de que ahora sólo se pueda firmar en el Juzgado: ” Porque ellas quieren ser ellas las que certifiquen las firmas para que no tengan ningún tipo de objeción ni rechazo”. Pero rechazó, mediante un escrito, la restricción del horario: “Es irracional. O sea, el vecino tiene que adecuarse a los horarios del juzgado. No al juzgado ponerse a disposición de los vecinos”.

Dalmazzo, en comunicación con el programa Mañanitas de Mendiolaza, por 102.7 FM Demendiolaza, también cuestionó un presunto trato desigual por parte de la Junta Electoral. “Una de las directoras, que firman todos los comunicados, nunca firma con sus dos nombres. Es una doble vara”, afirmó.

Respecto al escrito presentado por sus abogados, detalló: “El escrito dice, primero, que el asiento no le firman, son de vecinos de Mendiolaza. Que por culpa de un funcionario público que puso mal la certificación, tenga que ir el vecino nuevamente a decir, sí, ese que está ahí soy yo”.

Finalmente, confirmó que durante los 15 días habilitados podrán firmar tanto las personas cuyas firmas fueron observadas como aquellas que no hayan firmado previamente: “Pueden ir los vecinos que ya han firmado y están con problemas su firma, y todos los vecinos que no hayan podido ir o no han ido en su momento”. Y concluyó: “Que los vecinos sigan comprometidos con esta revocatoria y que lleguemos al final de esto, que sea el plebiscito. Y que digan, los vecinos, no, Alberto Dalmasso (…) Todos los vecinos tienen que estar comprometidos en que esto salga. Nada más. Es lo único que yo pido”.

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